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Profeco podrá ejecutar multas como autoridad fiscal bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución

11/01/2018.- El día de hoy se publica en el Diario Oficial de la Federación DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de donde destaca la adición del artículo 134 Bis, el cual establece que las multas que imponga la Procuraduría serán consideradas créditos fiscales y se ejecutarán por ésta en su carácter de autoridad fiscal bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

Las sanciones pecuniarias que se hayan impuesto antes de la entrada en vigor del presente Decreto, se regirán por las disposiciones vigentes en el momento de su determinación.

El procedimiento administrativo de ejecución a que hace referencia el artículo 134 Bis entrará en vigor a los 180 días siguientes, contados a partir de que se encuentre vigente el presente Decreto.

Fuente: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5510424&fecha=11/01/2018

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